CONSORCIOS EMPRESARIALES

CAPITULO I: CONCEPTOS BASICOS

1.1.     CONCEPTO

El consorcio; es el contrato por el cual dos o más personas se asocian para participar en forma activa y directa en un determinado negocio o empresa con el propósito de obtener un beneficio económico, manteniendo cada una su propia autonomía. Corresponde a cada miembro del consorcio que se le encargan y aquellas a que se ha comprometido. Al hacerlo, debe coordinar con los otros miembros del consorcio conforme a los procedimientos y mecanismos previstos en el contrato.

1.2.     AFECTACIÓN DE LOS BIENES

Los bienes que los miembros del consorcio afectan al cumplimiento de la actividad a que se han comprometido, continúan siendo de propiedad exclusiva de éstos. La adquisición conjunta de determinados bienes se regula por las reglas de la copropiedad.

 

1.3.     RELACIÓN CON TERCEROS Y RESPONSABILIDADES

Cada miembro del consorcio se vincula individualmente con terceros en el desempeño de la actividad que le corresponde en el consorcio, adquiriendo derechos y asumiendo obligaciones y responsabilidades a título particular.

Cuando el consorcio contrate son terceros, la responsabilidad será solidaria entre los miembros del consorcio sólo si así pacta en el contrato o lo dispone la ley.

 

1.4.     SISTEMA DE PARTICIPACIÓN

El contrato deberá establecer el régimen y los sistemas de participación en los resultados del consorcio; de no hacerlo, se entenderá que es partes iguales.

Vinculación de los miembros del consorcio con los terceros y los casos de responsabilidad solidaria.

La regla natural del consorcio, a diferencia de lo que ocurre en la asociación en participación, es que todos los consorciados asume la obligación de realizar las actividades del consorcio que se hubiesen sido encomendado a cada uno o que hubiesen sido asumidas por cada uno o que hubiesen sido asumidas por cada uno en el contrato. En tal virtud, pro definición, existe una relación permanente entre todos los consorciados y los terceros, que da lugar a un diferente sistema de determinación de las responsabilidades de los primeros frente a los segundos.

 

La norma básica sobre determinación de responsabilidades no es solidaria. Se establece que cada miembro del consorcio se vincula individualmente con los terceros, como resultado de las actividades que cada uno realiza e el consorcio. Así cada uno asume, como consecuencia de ello, los derechos y obligaciones respectivos, pero a título individual. Ello es consecuencia lógica de la regla general que consiste en que cada consorciado que le toquen, de acuerdo al contrato.

Ello significa, evidentemente que los logros individuales que cada consorciado obtenga, en los negocios o empresas del consorcio, le pertenezca íntegramente. Salvo que existiese pacto expreso, esos beneficios son para todos los consorciados, aún cuando la obligación asumida por el tercero corresponda, como derecho individual al consorciado que celebró ese convenio.

 

Sin embargo, se admite la responsabilidad solidaria de los consorciados en los contratos con los terceros. Ello puede darse en dos casos cuando se pacta en el contrato de consorcio o cuando lo establece la ley.

 

Sistema de participación en los resultados

En el contrato de los sistemas y del régimen de distribución de las utilidades y entre asunción de las pérdidas del consorcio entre las partes, limitándose únicamente a establecer una regla de carácter supletorio a falta de normas contractuales, se entiende que ello se produce por partes iguales.

 

La LGS anterior consideró que el contrato de asociación en participación era los suficientemente amplio y dúctil como para englobar a todos o a la mayoría de los contratos asociativo. Sin embargo, ello no ocurrió en la práctica. La asociación en participación es difícil de utilizar, cuando no imposible, en los contratos incompatibles con la existencia de socios ocultos, o sea los asociados. Dicho, en otros términos, con frecuencia varias partes, o todas ellas, desean ser socios activos y participar abiertamente en actividades previstas en el contrato o en la propia gestión. Ello deviene insuperable con el esquema rígido de la asociación en participación cuya característica principal es la de un asociante activo y uno o más asociados ocultos.

 

Este problema se presentó, entre otros campos, en el ramo de las contrataciones de obras con el Estado, para las que éste exigía la intervención abierta y la responsabilidad solidaria de todos los contratistas, cuando actuaban conjuntamente. Si bien ello podía lograrse a través de una asociación en participación en la que asociados también prestasen garantía solidaria es evidente que esto significaba distorsionar esa forma contractual y la disposición del art. 401 de la antigua ley. Por ello, el esquema de la asociación en participación se fue abandonando para estos casos, siendo reemplazado por contratos innominados que eran verdaderos pactos asociativos en los cuales todas las partes asumían la responsabilidad integral e inclusive, en la mayoría de los casos, la gestión conjunta del negocio. Entre otras denominaciones muchas veces es5tos contratos fueron llamados “consorcios”.

 

La nueva Ley ha recogido dicha experiencia y manteniendo el tipo contractual de la asociación en participación, ha añadido el del contrato del consorcio. En ambos se establece un amplio margen de acción para la autonomía de la voluntad, desde que son contratos asociativos muy similares. Pero existe entre ellos una diferencia esencial: en el primero se presenta la organización tradicional del asociante y de los asociados, mientras que en el consorcio todas las partes intervienen en forma directa en el negocio o empresa y asume responsabilidad, individual o solidaria, según el caso, en las relaciones con terceros.

 

1.5.     CARACTERES ESENCIALES DEL CONSORCIO

Los caracteres esenciales del consorcio son:

  1. Es un contrato asociativo, nominado y típico
  2. Regula relaciones de participación o integración en uno o más negocios o empresas que emprenden, en un conjunto, los consorcios en interés común de todos ellos.
  3. No está sujeto a otra formalidad que la de constar por escrito
  4. No origina la creación o nacimiento de una persona jurídica. Por ende, no tiene denominación social ni razón social.
  5. Manteniendo su autonomía, todos los consorciados participan, en forma activa y directa, en los negocios o empresas materia del consorcio. Cada miembro del consorcio debe llevar a cabo las actividades que el contrato le ha encargado o cuyo compromiso ha asumido según el mismo instrumento.
  6. Cada consorciado debe coordinar su respectiva actividad con las de los demás, de acuerdo a los procedimientos y mecanismos del contrato de consorcio.
  7. Los bienes que se asignen a los negocios o empresas del consorcio permanecen en propiedad de cada miembro.
  8. Cada miembro del consorcio adquiere derechos y obligaciones, a título particular al realizar operaciones del consorcio con terceros.
  9. La Ley regula los casos en que procede la responsabilidad solidaria de los miembros del consorcio frente a los terceros que contraten con éste.
  10. El contrato los sistemas de participación de los miembros en las utilidades y en las pérdidas del consorcio.
  11. Es un contrato sujeto a plazo, determinado o determinable. En otros términos, el plazo puede pactarse expresamente o se puede deducir del objeto del contrato.
  12. El genera, es un contrato cuyas principales cláusulas están libradas a la autonomía de la voluntad privada, por citar solamente las más importantes, mencionaremos la toma de decisiones dentro del consorcio, los padres y actividades de cada consorciado, el régimen de distribución de utilidades y de asunción de pérdidas, el destino y propiedad de los bienes asignados, el sistema adoptado para asumir las responsabilidades entre los socios y frente a terceros y el objeto del consorcio.

 

1.6.     LA PROPIEDAD DE LOS BIENES DEL CONSORCIO

El art. 446 de la LGS, bajo comentario, regula en forma sencilla la propiedad de los bienes que los miembros del consorcio afecten para el cumplimiento de los negocios o empresas materia del contrato:

  • Los bienes, durante el plazo del consorcio, continúan siendo de propiedad particular de cada consorciado y
  • La adquisición conjunta de bienes para esos efectos se sujeta a las reglas sobre copropiedad.

 

 

CAPITULO II: CONSORCIOS DE EXPORTACION.

2.1.     GENERALIDADES

Son agrupaciones dedicadas a facilitar la comercialización conjunta de productos en el exterior; es decir, facilitar todos aquellos aspectos de la actividad exportadora que signifiquen dificultad para los productores o comercializadores individuales y que podrían ser mejor ejecutados por trabajo mancomunado.

 

La formación de Consorcios de Exportación, se justifican  en  las  ventajas  derivadas  del aprovechamiento de las economías de escala en las tareas empresariales, mayor capacidad empresarial tanto en ofertas como en negociaciones, estrategias de comercialización que evitan las guerras de los precios, transferencias y participación en conocimientos técnicos de producción y exportación, así como otras que se traducen en general en un aumento de las exportaciones y en las ganancias que de ellas se derivan.

 

2.2.     VENTAJAS A LAS PYMES

Principales ventajas que brindan los Consorcios de exportación a los Pequeños Empresarios:

  1. Penetración de mercados de exportación totalmente inexplotados hasta ese momento por las empresas consorciadas.
  2. Acceso a nuevos tipos de compradores.
  3. Seguridad para sí mismos mediante la diversificación de mercados.
  4. Reducción de las fluctuaciones estacionales de la actividad comercial local.
  5. Estructura de planificación a largo plazo.
  6. Reducción progresiva de los costos unitarios de producción.
  7. Aumento de los márgenes de beneficios por mejores precios.

 

2.3.     OBJETIVOS

  • Presentar al mercado internacional una oferta de productos o servicios en condiciones adaptadas a las exigencias del mercado en cuanto a calidad, cantidad, plazo de entrega, precio, empaque, etc.
  • Disminuir los costos de introducción, promoción y comercialización del producto o servicio en el mercado internacional, mediante la distribución de estos costos entre los varios participantes de la asociación.
  • Aumentar el poder de negociación tanto para la compra de materias primas e insumos nacionales o importados, como para el financiamiento requerido y la venta de los productos, consiguiendo de esta manera condiciones generales de venta más ventajosas.
  • Permitir la creación de servicios especiales a los miembros del grupo, cuya inversión no podía justificarse en el caso de un exportador aislado, tales como laboratorios de control de calidad, financiamiento a la producción y a la compra de materias primas, participación en ferias internacionales, impresión de folletos y catálogos, etc.

 

2.4.     CARACTERISTICAS

Es una agrupación permanente de empresas, cuyo objetivo principal es hacer ofertas de productos y/o servicios nacionales, y, demandas de productos y/o servicios del exterior. Eventualmente, su objetivo puede ser aumentar la capacidad técnica o financiera de sus miembros, sin que estos pierdan su individualidad.

Estas empresas pueden unirse en forma horizontal, cuando negocian los mismos productos o servicios complementarios.

Las empresas participantes en un consorcio son aquellas que normalmente han tenido su desarrollo caracterizado por un cuadro de producción dimensionado para atender el mercado interno, pero sus grandes esfuerzos de expansión de un momento a otro se ven interesadas en el mercado internacional, por considerar que este puede ampliar sus ventas. Cuando este interés se manifiesta, y las empresas desean pasar a la acción de inmediato, se sienten contenidas por diversos obstáculos. El principal de ellos es que, aun considerándose una gran empresa en su ámbito local, al enfrentarse con el tamaño de las verdaderamente grandes empresas del comercio de países desarrollados, advierten por lo general que son una pequeña o mediana empresa para actuar en el mercado internacional.

 

Igualmente, se dan cuenta que para el volumen de operaciones que se realizan no poseen recursos financieros ni técnicos, lo que, de un lado, les disminuye sensiblemente los servicios exigidos por los consumidores de países desarrollados, donde se sitúa la mayor demanda. Los consorcios podrían ser en este caso, una solución que posibilite llegar a una oferta de mayor dimensión, hacer crecer el poder de negociación y aumentar la capacidad técnica y financiera.

 

El consorcio no exige a sus miembros la participación o la disponibilidad por completo de su producción. Tampoco existe fusión entre empresas. La asociación de productores que ya ha permitido agrupar, c1asificar, evaluar, y utilizar convenientemente aquellas motivaciones originales que les eran comunes, les va a permitir ahora utilizar convenientemente a cada uno de ellos, las facilidades de las que carecían en forma individual, pero cuyo conjunto está a disposición de todos.

El socio del consorcio, conociendo las posibilidades de su propia empresa, es soberano y decide la conveniencia o no de su participación en el negocio. Esto significa que el socio mantiene la más absoluta individualidad sin alteraciones, respecto del mercado interno, así como mantiene el derecho del uso de sus marcas, características, clientela y todas las modalidades de su actividad. El consorcio, de común acuerdo entre sus socios determinará previamente la forma y las circunstancias de participación de los productos y/o marcas, bajo su exclusivo control del consorcio, sin perjuicio de la participación de los socios en los productos, marcas y mercados comunes.

 

El capital inicial y las cuotas del consorcio se deben fijar como la manera efectiva de encauzar la solución de cada socio. De esta forma se irá solucionando la carencia financiera, se irá adquiriendo conocimientos del mercado externo, se unirá esfuerzos para determinar líneas comunes de producción a escala económica, se podrán estudiar las líneas complementarias de comercialización, se estudiará la posibilidad de incorporar nuevos productos de desarrollo exclusivo para determinados mercados (fabricar solamente para exportar) y, además se adquirirá experiencia, reducción de costos que incidirá, provechosamente en su actividad del mercado interno.

 

Por otro lado, los consorcios establecen, en base a la capacidad productiva del grupo, la escala natural de su estructura comercial y permite determinar el llamado paquete de oferta exportable y comparar el grado de competitividad con la gran empresa.

 

2.5.     FUNCIONES

Las funciones más importantes que tienen los consorcios, detallamos a continuación:

2.5.1.  APOYO A LA PRODUCCIÓN

  • Comprende la facilitación de las actividades de elaboración de productos a comercializar, dentro de esta labor esta:
  • El Desarrollo de productos a fabricar, creando nuevos y adaptando los ya existentes a las exigencias propias de los nuevos mercados.
  • Desarrollo de tecnologías de fabricación.
  • Planeamiento de procesos y sistemas de producción.
  • Diseño y coordinación de productos, acabados, envase y empaque.
  • Facilitación del abastecimiento de materias primas: compra de insumos aprovechando los descuentos derivados de una mayor escala de pedidos, solicitud de fabricación de insumos especiales para las labores de producción, tramitación de solicitudes de internación temporal, etc.
  • Control de calidad, a fin de poder ofertar una calidad uniforme y adecuada.

 

2.5.2.  PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD

Comprende la realización de actividades de difusión de productos o de imagen del consorcio. Para esta labor se puede ofrecer:

  • Difusión a nivel internacional y nacional, mediante los medios de comunicación masiva: radio, televisión, periódicos, paneles, etc.
  • Difusión mediante medios de comunicación selectiva: cartas, llamadas telefónicas, etc.
  • Elaboración de catálogos sobre los productos ofertados, en distintos idiomas.
  • Asistencia a ferias y exposiciones comerciales en otros países.
  • Visitas comerciales a los agentes, distribuidores y clientes del consorcio.
  • Envío de muestras a potenciales clientes.

En general, esta es una de las funciones que más útil resulta para los consorcios, dados los altos costos que tiene la publicidad en el exterior y que normalmente resultan prohibitivos para las empresas individuales.

 

2.5.3. DISTRIBUCIÓN Y VENTAS

  • Esta tarea, es la esencial del consorcio, comprende los procesos de acercamiento del producto hasta los clientes y puede implicar
  • Búsqueda de nuevos clientes y atención a clientes antiguos de las empresas consorciadas, además de la coordinación de la tramitación de pedidos.
  • Apoyo y supervisión a los representantes a fin de que brinden un servicio adecuado a los clientes.
  • Control de las garantías otorgadas por los productos ofertados.
  • Organización del traslado físico de las mercancías hasta el cliente (transporte aéreo, marítimo, terrestre).
  • Coordinación de tramites de documentación y aduaneros.
  • Facilitación de los servicios post-venta y seguimiento del producto en el extranjero.

 

2.5.4. NEGOCIACION Y RELACIONES PUBLICAS

Esta tarea se define por si misma y es de gran importancia, dado que el consorcio es una entidad nueva que debe darse a conocer con autonomía de sus miembros. Sus principales actividades pueden ser:

  • Mantenimiento de relaciones con las entidades gubernamentales afines a los negocios del consorcio.
  • Creación y mantenimiento de relaciones con las embajadas, agregadurías comerciales y organismos de otros países en los que se tenga interés presente o futuro.
  • Representación ante los organismos gremiales pertinentes (asociaciones de exportadores, industriales, comerciantes, etc.)
  • Participación y negociación de contratos y licitaciones internacionales que a nivel consorcio permite aumentar la capacidad negociadora de las empresas individuales.
  • Tramitación de facilidades administrativas, tributarias, etc.

 

2.5.5. SERVICIOS ADMINISTRATTVOS

  • Comprende la realización de todas aquellas actividades que faciliten el desempeño administrativo de los consorciados y del consorcio en sí mismo, tales como:
  • Asesoría a las empresas en organización y métodos administrativos.
  • Asesoría contable, en especial la referida al análisis de costos.
  • Provisión de personal calificado para tareas especificas.
  • Asesoría y apoyo en la búsqueda de financiamiento y crédito para la exportación.
  • Asesoría en la adquisición de materiales y equipo administrativo.

 

2.5.6. INVESTIGACIÓN Y VIGILANCIA DE MERCADOS

Esta función comprende el estilo del mercado potencial y efectivo para los productos del consorcio a fin de averiguar las dimensiones, potencialidades y otras características de las posibles plazas, tratando de especificar las ventajas y limitaciones que presentan éstas para la organización. Las más importantes son:

  • Investigación y análisis de datos secundarios sobre otros mercados en entidades públicas y privadas.
  • Coordinación de pedidos de investigación a funcionarios radicados en el extranjero, agregados comerciales, representantes de organismos de promoción de exportaciones, etc., sobre las posibilidades de colocación de productos y sus características de comercialización.
  • Búsqueda de informaciones en las asociaciones y cámaras de comercio e industria, asociaciones de exportadores e importadores, bancos, etc.
  • Análisis de los perfiles de mercados realizados por las entidades de promoción de exportaciones.

 

2.6.     VENTAJAS DE LOS CONSORCIOS

2.6.1.  VENTAJAS DE ORDEN INTERNO A LA EMPRESA CONSORCIADA.

Las principales ventajas de orden interno a la empresa consorciada son:

  1. La gran flexibi1idad y adaptabilidad que poseen frente a cambios coyunturales de situación. Este mismo elemento puede constituirse también un factor de inestabilidad para estas asociaciones.
  2. Los consorcios actúan mejor en la comercialización y exportación de manufacturas de productos elaborados por distintos productores
  3. Para las medianas y pequeñas empresas que individualmente no posee la capacidad financiera ni la oferta física necesaria para exportar, los consorcios constituyen una forma muy adecuada de enfrentar las exportaciones, ya que los compradores extranjeros requieren pequeñas cantidades de productos no tradicionales, prefiriendo realizar grandes encargos directamente a un órgano central. De allí la importancia de un consorcio, que se responsabiliza por la regularidad y puntualidad de las entregas, el cumplimiento de los plazos y el control de calidad, lo cual otorga mayor confiabilidad a las transacciones de este tipo.
  4. La mayor demanda surgida como consecuencia de la actividad promocional del consorcio, conduce a cierta en la producción de cada fabricante individualmente considerado. A su vez esta especialización redunda en una mayor eficiencia y productividad, todo lo cual se traduce en una mayor rentabilidad de la actividad, ya sea por mayor margen unitario, o por un aumento del volumen de producción y venta. Así mismo, un desplazamiento de las ventas hacia países industrializados, que por tener una mayor capacidad de compra pueden pagar precios más altos que los países en vías de desarrollo, permitiendo de esta manera que los miembros del consorcio obtengan mayores beneficios.

 

2.6.2.  VENTAJAS  QUE  PROVIENEN  DE  LA COMERCIALIZACION EXTERNA

  1. La diversificación de mercados de un consorcio otorga mayor seguridad a sus empresas integrantes, pues los coloca en posición vulnerable a las fluctuaciones económicas o políticas que afectan a determinados países compradores.
  2. Existen reales posibilidades de que las empresas asociadas mediante un consorcio consigan absorber, en poco tiempo, los conocimientos técnicos de los especialistas contratados por el consorcio.

Frecuentemente los cuadros superiores de la empresa acompañan al personal de marketing externo al consorcio adquiriendo en esta forma, una experiencia   práctica   indispensable   como complementación a la formación teórica.

 

  1. Por lo general, los productores pequeños cuando exportan lo hacen hacia mercados fáciles, por lo común a países vecinos. Resulta difícil para estas empresas lanzarse a mercados más distantes, aunque estos ofrezcan mejores perspectivas, tanto desde el punto de vista del volumen de compra como del precio.

 

Sin embargo, agrupados varios productores pueden lograr un volumen mayor de ventas que justifique los gastos en que se incurrirá en la investigación de mercados, la promoción comercial y el montaje de toda la organización que permita llegar con éxito a nuevas zonas comerciales.

 

  1. La acción a través del consorcio permite que las fluctuaciones estacionales de la demanda sean atenuadas a través de una planificada estabilización de la producción, acorde con una adecuada distribución de las ventas en los hemisferios norte y sur en épocas del año de climas opuestos.

 

  1. El permanente contacto del consorcio, con los mercados consumidores de otros países, permite la determinación de nuevas oportunidades tanto desde el punto de vista de nuevos mercados como desde la perspectiva de nuevos productos y de nuevos diseños. De esta forma el consorcio contribuye a una mejor planificación del desarrollo industrial.

 

  1. La actividad del consorcio puede traer beneficios adicionales al lograr ventajas de diversa índole en de subsidios y estímulos directos o indirectos que otorgan lo~ gobiernos. En muchos casos, la presión ejercida por los consorcios puede ser la clave para lograr tales beneficios. En definitiva, no es lo mismo actuar individualmente que hacerlo en forma organizada y solidaria, por ello este simple hecho puede significar una ventaja considerable para la pequeña empresa al permite modificar su status competitivo.

 

  1. Una ventaja para las pequeñas empresas consorciadas consiste en el prorrateo de los variados gastos derivados de la exportación, lo cual le permite que sus precios no se vean recargados considerablemente y pueden ser, competitivos en los diversos mercados.

 

  1. Un consorcio puede proteger a las pequeñas empresas contra algún tipo de abuso o aprovechamiento indebido de parte de los importadores de los mercados extranjeros.

 

  1. Un consorcio cuenta con sus medios necesarios para mantener una oficina de ventas en un mercado importante de exportación con lo que los exportadores podrán conocer mejor ese mercado y controlar más estrechamente las operaciones de comercialización.

 

2.6.3.  VENTAJAS PARA EL PAIS

AUMENTOS DE LOS INGRESOS DE DIVISAS.

La diversificación y expansión de las exportaciones es un objetivo perseguido prácticamente por todos los países en desarrollo, pero al mismo tiempo constituye de por sí una actividad difícil de realizar y de larga duración; la agrupación de vanos productores permite contar con cierto volumen de producción ya disponible, cuyo ingreso al mercado externo solamente depende de la organización que se logra construir así como de los cambios específicos en los productos, para adecuarlos a los mercados externos. Por ello el consorcio está llamado a solucionar el problema de comercialización y a lograr un aumento más o menos rápido en el volumen de ingresos de divisas.

 

APROVECHAMIENTO DE CONOCIMIENTOS TECNICOS

En la mayor parte de países en desarrollo es apreciable la alta tasa de personal debidamente capacitado para cumplir tareas de comercialización externa. Una de las ventas del consorcio, es el hecho de que las empresas asociadas se beneficien mancomunadamente de la experiencia del personal que maneja dichas agrupaciones, constituyéndose al mismo tiempo en un elemento multiplicador de la experiencia de gentes con amplios conocimientos sobre comercialización.

 

En realidad, el volumen de operaciones de un consorcio puede justificar la contratación de personal de alto nivel, que difícilmente se puede lograr actuando indirectamente; en esta forma, se permite el aprovechamiento integral de uno de los recursos altamente escasos: el profesionalismo en comercio exterior.

MEJORAMIENTO DE METODOS

La actividad de los consorcios al exponer a productores locales a la competencia de los mercados externos, en muchos casos conduce a un mejoramiento significativo de las técnicas de producción, así como del nivel de calidad de los productos disponibles. Se obliga a los productores a emplear métodos más llamativos para mejorar la calidad de sus plantas, la calidad y diseño de sus productos, y en muchos casos, al aumentar escala de producción, a alcanzar precios favorables que beneficiarán usualmente al consumidor local. Puede dar igualmente una inapreciable sustitución de importaciones.

 

AYUDA A LOS PLANES DE DESARROLLO

Los consorcios apoyan en realidad a los Planes de Desarrollo del país, al constituirse en un mecanismo adecuado para incrementar a la exportación; consorcios bien organizados y activos pueden desarrollar una amplia labor de promoción de exportaciones, toda vez que en su actividad diaria  tienen  que  estar  buscando  nuevas oportunidades comerciales; por ello, pueden en realidad significar una economía en los gastos de Promoción de los organismos oficiales, y a la vez, pueden demostrar una mayor eficacia práctica en tales actividades.

 

DESARROLLO Y PERFECCIONAMIENTO DE LA PRODUCCION

Los consorcios logran un mejoramiento de la producción, elevando el grado de sofisticación de la misma, dando como resultado productos más complejos a aquellos tradicionalmente elaborados son más remunerativos que la suma de precios de venta de productos más elaborados. La importancia radica primordialmente en que los precios de venta de  productos  más  elaborados  son  más remunerativos que la suma de precios de sus componentes, por ello, la acción indirecta de los consorcios puede resultar de gran beneficio para el país como un todo y para los productores de forma individual.

 

ESCALA DE OPERACIONES MAS ADECUADA

La mayor producción resultante de la agrupación de pequeñas producciones da como resultado la posibilidad de atender mercados en los cuales la demanda exige el suministro de cantidades significativas pudiendo hacer ofertas sustanciales, abriendo de esta forma nuevos mercados que de otra manera seria imposible de alcanzar.

 

SOLUCION POR VIA INDIRECTA A EVENTUALES PROBLEMAS DE DESOCUPACION

Los consorcios contribuyen a solucionar uno de los problemas que aquejan con mayor fuerza a los países en desarrollo: el desempleo. La generación de nuevas corrientes de exportación ayuda en la solución de este problema, no solo mediante la creación de nuevas oportunidades de trabajo, sino también   a estabilizar a los trabajadores en sus puestos al crear corrientes permanentes de venta en el exterior.

 

MEJOR COMUNICACIÓN ENTRE AUTORIDADES E INDUSTRIALES

Los consorcios facilitan la comunicación entre los industriales y las entidades gubernamentales de apoyo; evidentemente resulta mucho más fácil para una entidad   promotora de  exportaciones, entenderse con una sola organización, representada por una persona, para que éste a su vez distribuya entre los consorciados la ayuda que esté prestando, sea financiera o técnica igualmente el consorcio sirve para presentar a las autoridades las inquietudes de los empresarios, en forma mesurada y previamente analizada, aumentando así las habilidades de  éxito en cualquier gestión de beneficios o privilegios.

 

EFECTO MULTIPLICADOR

Un consorcio que funcione con relativo buen éxito puede convertirse en ejemplo para otros grupos, que muy posiblemente lo imitarán en breve plazo; igualmente, los errores o fracasos sufridos en el pasado sirven de ejemplo para nuevas organizaciones para evitar que, por inexperiencia se repitan.

 

2.6.4. VENTAJAS PARA LOS PARTICIPANTES

PENETRACION DE MERCADOS INEXPLORADOS

Una primera consecuencia de una asociación en forma de consorcio es la apertura de nuevos mercados, totalmente inexplorados anteriormente en forma individual. Por ello se requiere la agrupación de varios productores para lograr un volumen mayor que justifique de los gastos en que se incurrirá en la investigación de nuevos mercados, la promoción de los productos en áreas en las que son totalmente desconocidas, y el montaje de toda una organización que permita llegar con  éxito a las nuevas zonas comerciales.

 

CONTACTO CON NUEVOS TIPOS DE COMPRADORES

La agrupación en torno a un consorcio de exportadores abre igualmente las puertas ante nuevos compradores, al realizar estudios de mercado que permitan identificar oportunidades de venta más rentables, o que identifiquen a necesidad de efectuar ciertos cambios en los productos que permitan lograr un mayor volumen de ventas o un mejor precio para el producto mejorado.

 

Por otra parte, los compradores extranjeros no están interesados en comprar sólo un producto, sino que requieren de artículos complementarios que les permitan ofrecer líneas completas de productos a sus consumidores finales; por ello la constitución de un consorcio permite ofrecer esta mayor gama de productos a sus consumidores finales; por ello, la constitución de un consorcio permite ofrecer esta mayor gama de productos, con beneficio para todos los integrantes, al abrir simultáneamente las puertas de los mercados externos para una variedad de artículos, con un esfuerzo simplificado y sin duplicación de éstos.

 

SEGURIDAD POR DIVERSIFICACION DE MERCADOS

La exportación a través de un consorcio presenta una ventaja sustancial en el sentido de diversificar el destino de las exportaciones; indudablemente esta diversificación significa un margen de seguridad importante para el industrial, al liberarle de los riesgos que implica la concentración de ventas en un solo mercado. Este grado de flexibilidad o de adaptabilidad a nuevas circunstancias es mucho más fácil de lograr a base de un consorcio, que distribuya hacia diversos compradores y mercados.

 

MENOR IMPACTO DE FLUCTUACIONES ESTACIONALES

La acción a través de consorcios permite estabilizar la producción en el sentido de distinguir las ventas en los hemisferios norte y Sur, cuando se trata de producciones con consumos estacionales, se logra una mayor agilidad y mejor planeamiento de la producción, operando a través de una agrupación que pueda planificar esta producción y entrar en todas las alternativas  logísticas,  que   seguidamente resultará difíciles de cumplir para un productor que actúe aisladamente, especialmente cuando se trata de pequeñas empresas.

PLANIFICACION A LARGO PLAZO

Los consorcios contribuyen  a una mejor planificación del desarrollo industrial a mediano y largo plazo, el permanente contacto del consorcio con los mercados consumidores de otros países, permite la determinación de nuevas oportunidades, tanto desde el punto de vista de mercados nuevos como desde la perspectiva de nuevos productos, el consorcio puede llegar a formular planes a plazos que pondrá a disposición de los consorciados, en los cuales puede indicar las características deseadas en los productos, así como la estrategia que empleará para alcanzar a dichos nuevos compradores.

 

REDUCCION DE COSTOS DE PRODUCCION

La actividad a través de un consorcio conduce a una cierta especialización en la producción de cada fabricante individualmente considerado. En efecto, la mayor demanda surgida como consecuencia de la actividad promocional del consorcio, resulta en que cada uno de los miembros tiende a especializarse en un producto cada vez más especifico, esta especialización a su vez, redunda en una mayor eficiencia y productividad por muchos conceptos, lo cual tiene como resultado una mayor rentabilidad de la actividad, bien sea por mayor margen unitario, o por un mayor volumen de producción y venta.

 

MAYORES BENEFICIOS POR MEJORES PRECIOS DE VENTA

Igualmente, pueden lograrse beneficios en la rentabilidad de la operación, derivados del desplazamiento de ventas hacia el mercado que ofrece una mayor capacidad de compra, como son los países más desarrollados, y por tanto que pueden pagar precios más altos que los países en vías de desarrollo, hacia donde probablemente se destinaba las ventas antes de operar a través del consorcio.

BENEFICIOS ESPECIALES

Así mismo, la actividad del consorcio puede traer beneficios adicionales al lograr las ventajas de diversa índole que en forma de subsidios y estímulos directos o indirectos que otorgan los gobiernos, cuando existe un grupo organizado, en muchos casos, la presión ejercida por los consorcios puede ser la clave para lograr tales beneficios, en otros la simple existencia del consorcio puede constituir garantía suficiente para el gobierno sobre la buena utilización de tales beneficios.

Igualmente, el consorcio tendrá mejores elementos de juicio y mayor preparación para presentar las correspondientes solicitudes a las autoridades, teniendo por tanto mayor posibilidad de éxito en lograr sus aspiraciones.

 

CONOCIMIENTOS DE COMERCIALIZACION

Las Empresas participantes en su consorcio, y más particularmente que trabaja en labores relacionadas con la exportación, se beneficia igualmente de la experiencia del consorcio, y del trabajo permanente a través de una entidad debidamente capacitada para estos fines. Este aspecto a mediano y largo plazo va creando una conciencia positiva sobre el personal directivo de las empresas, sobre la importancia de la exportación y los beneficios de diversa índole que puede traer una mayor participación en el comercio exterior. Todo ello redunda en una mayor corriente comercial y en asignar a la exportación la prioridad que le corresponde como herramienta de desarrollo económico del país y de la empresa considerada en sí misma.

 

MORAL EN LAS EMPRESAS

El trabajo en forma de consorcio contribuye a limar una serie de recelos y asperezas en las relaciones multilaterales de las diversas empresas, vencidos los primeros obstáculos, es muy posible que el clima de entendimiento mutuo mejore considerablemente y por tanto se puede alcanzar un grado avanzado de cooperación mutua entre los varios consorciados, que a la postre ira a contribuir a desarrollar a las empresas específicamente consideradas. Por ello, esta nueva actividad contribuirá, en forma indirecta, a mejorar el cuadro de funcionarios de las empresas bajo consideración.

 

MAYOR PODER DE INFLUENCIA

La agrupación en un consorcio da igualmente como resultado el incrementar el grado de importancia de la industria, toda vez que las gestiones se hagan a distintos niveles, nacionales o internacionales, van a ser ejercidas a nombre de un grupo de productores, que aunadamente detectan una cierta importancia dentro del respectivo sector. Este simple hecho puede significar una ventaja considerable para la pequeña empresa al permitirle modificar su status sin otra acción que la simple asociación.

 

MENORES GASTOS DE EXPORTACION

Una de las mayores ventajas en el consorcio puede representar para el pequeño empresario es la repartición de gastos de exportación entre varios empresarios. Este puede ser uno de los beneficios mayores, toda vez que en muchos casos los empresarios no pueden lanzarse individualmente al mercado externo, porque de hacerlo, sus precios se verían recargados considerablemente y por tanto dejarían de ser competitivos. El hecho de poder compartir gastos permite a las empresas consorciadas entrar en operaciones nuevas, tales como campañas de publicidad, preparación de catálogos y otros materiales de apoyo a las ventas, participación en ferias y exposiciones en el exterior, y muchos otros aspectos.

 

2.7.     DESVENTAJAS DE LOS CONSORCIOS

Es probable que un consorcio sea más eficaz si su composición queda limitada a las empresas que tengan una probada capacidad para cumplir con las normas exigidas en materia de producción y de calidad. Este importante elemento puede ser un factor de exclusión para la incorporación de algas empresas a esta organización de exportación.

 

Normalmente un consorcio se establece sobre la base de diferentes empresas que, de una u otra forma y en mayor o menor grado, son competidoras. Este elemento, si no es resuelto satisfactoriamente, puede constituirse en un factor destructivo de la organización. Un particular con buena reputación y digno de confianza, que actúa como coordinador de un consorcio de exportación puede ayudar a superar las rivalidades y celos que surjan entre las empresas.

 

Vencidos los obstáculos anteriores, es muy posible que el clima de entendimiento mutuo mejore considerablemente y por tanto se pueda alcanzar un grado avanzado de cooperación mutua entre los asociados, que a la postre contribuye al desarrollo de las empresas específicamente consideradas.

 

 

CAPITULO III: CONSORCIOS EMPRESARIALES – “MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA SU FORMACIÓN”

 

I.          FINALIDAD

La finalidad del presente manual “Procedimientos para la formación de Consorcios Empresariales” es contar con un instrumento de gestión que oriente a los Micro y Pequeños Empresarios en la necesidad de sistematizar las actividades, para lograr la optimización de su participación en el mercado de las Compras Estatales.

 

II.         OBJETIVO

El objetivo de este manual es brindar a los Micro y Pequeños Empresarios toda la información relacionada a la formación de Consorcios para su participación en el mercado de las Compras Estatales, sean estas nacionales ó internacionales.

 

III.        ALCANCE

Los usuarios serán los Micro ó Pequeños Empresarios – PYMES, que tienen interés en participar en el mercado de las Compras Estatales, a través de los siguientes procesos: Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Directa con Publicación, Adjudicación Directa Selectiva y Menor Cuantía.

Los usuarios son de la ciudad de Lima ó de otros departamentos de nuestro país.

Los usuarios son Micro y pequeños empresarios de bienes productivos tales como: carpintería de madera, metal – mecánica, calzado, confecciones, imprenta, etc. Así como también Micro y Pequeños empresarios de los sectores de comercio y servicio.

 

IV.       MARCO LEGAL

4.1      Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Articulo Nº 37

4.2      Reglamento de la Ley Nº 26850 De las Contrataciones y Adquisiciones del Estado

4.3      Ley General de Sociedades, Contratos Asociativos, Art.445 al 448.

 

V.        PROCEDIMIENTOS

Los procedimientos están relacionados a las actividades que realizarán los Micro ó Pequeños Empresarios para acceder al mercado de las Compras Estatales.

           

5.1.     ADQUISICION DE BASES

Se podrá adquirir las bases del Proceso de Compras Estatales, en el Área de Tesorería de las Instituciones Públicas ó en las Oficinas que se indican en la publicación del periódico, en el Portal de Prompyme ó en las Oficinas de Prompyme.

 

La adquisición de las bases, se puede realizar a través de las siguientes modalidades:

  1. a) Un micro ó pequeño empresario que participará en el Consorcio a crearse.
  2. b) El representante legal del Consorcio.
  3. c) Cualquier Micro ó Pequeño empresario que desee participar en las Compras Estatales.

 

Nota: Las bases a adquirirse deberán ser leídas de inmediato para realizar las consultas que hubiera que hacerse, es necesario tener un conocimiento pleno de lo que se indican en las bases.

 

            La duda ó desconocimiento de algún aspecto podría perjudicar su participación en los diversos procesos de las Compras Estatales.

5.2.     FORMACION DEL CONSORCIO

La formación de los Consorcios Empresariales, implica el realizar los procedimientos siguientes:

Es importante resaltar que la persona que va a realizar esta actividad deberá de ser una persona LIDER, con capacidad de convocatoria y que presente una conducta intachable, a esta persona lo llamaremos LIDER.

1º        Se invitará a los Micro o Pequeños Empresarios que conocen y que pertenecen a la misma rama ó sector productivo (no se ha determinado todavía cual es el número ideal de consorciados, pero se sugiere que en promedio sean menor de 10 Pymes).

Hay que tener en cuenta lo siguiente al momento de realizar la convocatoria:

  1. Deben de integrar el Consorcio, PYMES que tengan similares condiciones tales como: iguales ó similares condiciones en calidad en sus productos, capacidad de producción, capacidad financiera, capacidad de ventas, la ubicación de sus talleres en zonas cercanas, etc.
  2. b) Los PYMES deben de conocerse y tener cierto grado de confianza entre ellos porque hay que tener en cuenta que la CONFIANZA es el factor que los esta agrupando.

 

2º        Se elegirá al REPRESENTANTE LEGAL del Consorcio, que será uno de los integrantes del mismo, en algunos casos esta responsabilidad recae en el Líder, esto depende de la opinión y aceptación de cada uno de los consorciados.

El representante legal realizará todas las actividades del Consorcio en representación del mismo.

 

3º        Se designará a una persona que se encargará en administrar los fondos que aportarán los consorciados, es importante destacar que la persona que asumirá esta función deberá ser muy honrada, honesta y de conducta intachable, a esta persona le llamaremos el TESORERO.

4º        El Líder procederá a designar comisiones para la realización de las actividades, es importante indicar que la formación de las comisiones deberá de ser voluntaria.

Las comisiones a formarse son:

  • COMISION DE CARTA FIANZA
  • COMISION ELABORACION DE LA MUESTRA Y CERTIFICACIÓN
  • COMISION DE PREPARACION DE DOCUMENTOS

5º        Se designará el día ó días de reunión para conocer el avance de las actividades ó comisiones asignadas, así como el lugar de reunión, es importante que se practique la puntualidad en la hora acordada, y también en el caso que se encuentren sólo dos personas en la reunión esta deberá de empezar, esto es con finalidad de que las reuniones no se demoren mucho y no cansen a los consorciados, lo que trae como consecuencia que el consorcio de diluya.

De otro lado, se recomienda que las propuestas deben ser deliberadas rápidamente y tomar las decisiones en ese mismo instante.

 

5.3.     PROCEDIMIENTO PARA LAS COMISIONES

OBTENCION DE LA CARTA FIANZA

(En caso de ser difícil conseguir la Carta Fianza, se RECOMIENDA, ver otras alternativas de viabilidad para su obtención)

1º        Solicitar información a los Bancos, Fondos de Garantías, Cajas Rurales, Cajas Municipales, etc., que se encuentren acreditadas a la SBS – Superintendencia de Banca y Seguros, sobre los requisitos para la obtención de la Carta Fianza.

2º        Se prepararán y presentarán todos los documentos solicitados por la Entidad Financiera, para dar inicio a los trámites de la Carta Fianza.

Es importante informarles que se están solicitando garantías reales (para la entrega de la Carta Fianza.

 

Cuando hablamos de garantías reales están referidas a las hipotecas de inmuebles, tales como: casa, terreno, local de la fabrica, etc.

3º        Se deberá de realizar los trámites de la hipoteca de inmuebles, actividad que comprende lo siguiente:

  • la tasación por parte de un Perito Tasador
  • la elaboración y firma de la minuta de hipoteca a través de una Notaria Pública.

 

Nota:

            Es menester indicarle que se va ha tramitar la Carta Fianza para:

 

  • Fiel Cumplimiento
  • Seriedad de Cumplimiento
  • Adelanto

           

De otro lado, las garantías reales solicitadas por las entidades financieras deberán de cubrir el monto del Fiel Cumplimiento, Seriedad de Cumplimiento y Adelanto.

 

Para las Cartas Fianzas antes indicadas, en algunos casos se realiza la tasación a más de dos inmuebles.

5.4.     ELABORACION DE LA MUESTRA Y CERTIFICACIÓN

(Solo en los casos que lo requiera las bases)

1º        Analizar detalladamente los planos que vienen adjuntos en las bases del proceso de las Compras Estatales, a fin de realizar oportunamente las consultas y no tener duda alguna en la elaboración de las muestras.

2º        Las muestras deberán ser fabricados en los mejores materiales, no hay que olvidar que al momento de costear se está considerando el precio de los materiales utilizados.

3º        El acabado o la presentación final de las muestras deberán de ser de la mejor calidad.

4º        La elaboración de las muestras deberán de servir para la determinación del costo unitario ó estructura de costos del producto a ofertar.

5º        Se elaborarán dos (02) muestras las que se deberán de presentarse a las siguientes entidades:

  1. La Entidad convocante
  2. La otra muestra se enviará a la Empresa Certificadora, la cual evaluará la muestra y certificará las características de la misma.

 

5.5.     ELABORACION DEL CONTRATO DE CONSORCIO

1º        Se elaborará un Contrato de Consorcio con la finalidad de comprometer a los consorciados en lo siguiente:

  1. Responsabilidad solidaria en la participación el proceso de las Compras Estatales.
  2. Designar a un Representante Legal que tiene facultad de comprometer a todos los consorciados.
  3. Otorgar todos los poderes necesarios durante el presente proceso al Representante Legal.

Se adjunta Modelo de Contrato de Consorcio

 

5.6.     COMISION PARA LA PREPARACION DE LOS DOCUMENTOS

1º        Leer minuciosamente las bases y realizar las consultas a los aspectos que se requieran.

2º        Elaborar los documentos de acuerdo a lo indicado en las bases del proceso de Compras Estatales.

3º        Presentar la propuesta de forma ordenada, foliada, limpia y bien sellada.

La elaboración de los documentos requiere de mucho cuidado y dedicación, ya que la evaluación sólo se realiza a los documentos y en algunos casos a los locales de producción de las empresas postoras.

 

5.7.      OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Y FIRMA DE CONTRATO

1º        La Entidad convocante luego de realizadas las evaluaciones tanto técnicas como económicas y de acuerdo a lo establecido en las bases, comunicará los resultados a los ganadores de la buena pro.

2º        Se procederá posteriormente a la firma del contrato y la entrega de la Carta Fianza por Fiel Cumplimiento y solicitar el Adelanto, el trámite para la obtención es similar a lo anteriormente indicado.

5.8.     PROCESO DE FABRICACION

Se inicia el proceso de abastecimiento de los insumos y materiales, se pueden realizar compras conjuntas fabricación de los bienes contratados de acuerdo a las especificaciones técnicas de contrato y teniendo en cuenta el plazo de entrega indicado.

 

 

CAPITULO IV: DEFINICIÓN DE TERMINOS

 

CONSORCIO

Es la unión de dos ó más empresas, para participar en forma activa y directa en un determinado negocio ó empresa, con el propósito de obtener un beneficio económico manteniendo cada una su propia autonomía.

 

TIPOS DE CONSORCIO

POR SECTORES ECONOMICOS

CONSORCIOS PRODUCTIVOS

Empresarios que realizan un proceso productivo similar, llámese: confecciones, metal – mecánica, carpintería, calzado, panificación, etc.

 

CONSORCIOS DE SERVICIO

Empresarios que brindan similares servicios, tales como: limpieza, seguridad, reparaciones, etc.

 

CONSORCIOS DE COMERCIO

Empresarios que se dedican al comercio, tales como: farmacéutico, bodeguero, librerías, etc.

 

POR ACTIVIDAD QUE REALIZAN

PARA LOGRAR UN MAYOR VOLUMEN DE PRODUCCION

PARA ENTRAR O POSICIONARSE EN EL MERCADO

PARA ABASTECERSE DE INSUMOS

VENTAJAS DE LOS CONSORCIOS

Las ventajas son:

  • Incrementar la capacidad productiva

Los empresarios al agruparse o consorciarse, logran incrementar su capacidad de producción, porque si sólo un empresario puede producir 200 unidades mensuales, si se consorcian cinco ó mas empresarios producirán 1,000 unidades.

  • Complementar la capacidad humana y de maquinaria

Este aspecto referido a la complementariedad de la capacidad de maquinaria se hace evidente ya que, si un empresario no cuenta con maquinaria para completar un proceso de producción, muchas veces tiene que tomar servicios de tercero, al consorciarse las maquinarias pueden complementarse. Del mismo modo, los técnicos y trabajadores pueden complementarse al consorciarse las empresas.

  • Agruparse por especialidad ó sectores productivos

Los empresarios tienen la oportunidad de agruparse por sectores productivos de similar especialidad, tal es el caso de las pymes de sectores de carpintería, metal – mecánica, calzado, confecciones, panificación, etc.

 

  • Mejorar la administración del negocio

Los empresarios consorciados logran una transferencia de los aspectos de administración de cada una de las empresas, esto redunda en una mejora de los negocios individuales.

  • Mejorar su posicionamiento en el mercado

Las oportunidades de mercado se hacen evidentes cuando los pequeños ó micro empresarios se consorcian porque se potencian eso permite nuevas oportunidades de mercado y su sostenibilidad en el tiempo, toda ves que juntos se motivaran para continuar trabajando.

  • Reducir los costos de materia prima e insumos

Las compras de los insumos y materias primas que realizan los pequeños y micro empresarios de manera individual se podrá optimizar en precio y mejores condiciones de pago, si lo realizan en forma conjunta ó consorciada un grupo de empresarios (deben de ser empresarios del mismo sector)

  • Mejorar la posición para la obtención de financiamiento de la banca comercial

Se ha evidenciado que la banca privada muestra mayor interés en apoyar a empresarios agrupados ó consorciados, toda ves que es menos el riesgo de incumplimiento, así como la solidaridad que existe entre los consorciados es otro factor importante.

 

CARACTERÍSTICAS DE LOS CONSORCIOS

  • Carácter Contractual El Consorcio no genera la formación de una persona jurídica distinta a las partes contratantes, esto quiere decir que cada uno de los consorciados mantiene su autonomía empresarial, como persona natural ó jurídica, tampoco se crea una nueva empresa.
  • Carácter Asociativo Las partes se unen para lograr una finalidad común compartiendo costos, riesgos y beneficios. Esta es la razón del consorcio, el asociarse, unirse, pero identificando un objetivo común.
  • Carácter Temporal La complementación de capacidades empresariales se realiza con la atención de desarrollar una determinada actividad empresarial temporal. Inicialmente se recomienda que sea temporal, lo definitivo se verá posteriormente si el grupo llega a complementarse y consistenciarse, con el objetivo de atender nuevos mercados.

 

EL IMPUESTO GENERAL A LAS RENTAS Y LOS CONSORCIOS

En el Art. 14 de la Ley del Impuesto a la Renta (IR) establece que son personas jurídicas, contribuyentes al Impuesto a la Renta, los Joint Ventures, CONSORCIOS y otros contratos de colaboración empresarial que lleven contabilidad independiente de la de sus socios o partes contratantes.

 

  ANEXO 01: CONTRATO DE CONSORCIO

 

Conste por el presente documento, un contrato de promesa de constitución de CONSORCIO denominado “CONSORCIO INDUSTRIAL DE MOBILIARIO”, que suscriben las siguientes empresas a las que en adelante se les denominará las CONSORCIADAS:

 

  1. Diseño Centeno E.I.R.L., con RUC Nº 10906962, ubicado en la calle María Parado de Bellido Nº 1556, Cercado de Lima, Lima – Perú, inscrita con Ficha Nº 10220 de los Registros Públicos de Lima – Perú, debidamente representada por su titular el Señor Guillermo Centeno de la Cruz, empresario peruano, identificado con L.E. Nº 06129375.

 

  1. F.R. Inversiones S.A., con RUC Nº 26932629, ubicado en la Av. El Sol Nº 475 – Canto Grande, San Juan de Lurigancho, Lima – Perú, inscrita con Ficha Nº 119685 de los Registros Públicos de Lima – Perú, debidamente representada por su titular el Señor Héctor Rocca Huanca, identificado con L.E. Nº 09326839.

 

En los términos y condiciones siguientes:

PRIMERO

Las empresas que intervienen en el presente contrato son micro y pequeñas empresas del sector madera dedicadas principalmente a la fabricación de productos manufacturados de la industria de la madera.

SEGUNDO

El Estado en virtud a normas especificas que regulan la adquisición de bienes y servicios, establecen que pueden adquirirlos a través de empresas asociadas en Consorcios, por este motivo las CONSORCIADAS celebran el presente contrato.

TERCERO

Por el presente documento las CONSORCIADAS, constituyen un Consorcio con el objeto de participar en la LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL Nº 04-99-BID, convocada por el PROGRAMA ESPECIAL MECEP DEL MINISTERIO DE EDUCACION.

 

CUARTO

Para cumplir con lo solicitado, las CONSORCIADAS aceptan:

 

  1. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA ante el PROGRAMA ESPECIAL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACION PRIMARIA – MECEP – MINISTERIO DE EDUCACION.
  2. DESIGNAR A UN REPRESENTANTE LEGAL que tiene la facultad de comprometer a todos los licitantes del Consorcio, cuya empresa es: KFR INVERSIONES S.A., debidamente representado por su titular el Señor HECTOR IVAN ROCCA HUANCA, identificado con L.E. Nº 09326839.
  3. OTORGAR TODOS LOS PODERES necesarios durante la presente LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL Nº 04-99-BID, convocada por el PROGRAMA ESPECIAL MECEP DEL MINISTERIO DE EDUCACION, al REPRESENTANTE LEGAL designado en el párrafo anterior.

 

QUINTO

Las CONSORCIADAS se comprometen en compartir en partes iguales todos los lotes que les hayan adjudicado, esto implica igual responsabilidad y obligación en el cumplimiento del trabajo y así mismo tendrán igual participación en el dividendo de las utilidades o perdidas.

 

SEXTO

Las CONSORCIADAS se someten en acatar y respetar los acuerdos y sanciones que el Consorcio apruebe en mayoría simple.

 

Comprometiéndose las CONSORCIADAS a elaboradas su reglamento y manual de funciones para la buena marcha del Consorcio.

 

SEPTIMO

El Consorcio se mantendrá vigente por todo el tiempo que se requiera hasta cumplir con todas las obligaciones contraídas, como resultado de esta licitación.

 

El presente contrato se suscribe en señal de conformidad en la ciudad de Lima a los XX días del mes de XXXXXX de dos mil XXXXXXXXX.

 

CONSORCIANTE 1                                     CONSORCIANTE 2

 

 

 

 

 

 

 

BIBLIOGRAFIA

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