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DEPÓSITOS A LA VISTA

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El depositante puede retirar la cantidad depositada en cualquier momento presentando la documentación que justifique su depósito. Suponen movimiento de dinero.
Ejemplos claros de depósitos a la vista son las cuentas corrientes y las cuentas de ahorro. Estos instrumentos permiten colocar el ahorro ofreciendo disponibilidad inmediata, una gran facilidad para movilizar saldos aprovechando servicios que llevan asociados la mayoría de ellas, por ejemplo, domiciliación de recibos, tarjetas de débito y crédito, talonarios, etc. La escasa y casi inexistente rentabilidad, merman su utilidad de inversión como objetivo para conseguir lucrativas plusvalías.
Actualmente, los bancos están usando una estrategia agresiva para captar operaciones de pasivo, ofreciendo una amplia gama de productos, cuyo objetivo es crear cuentas a la vista con una remuneración más elevada, altamente competitiva, con liquidez inmediata, pero limitando bastante el resto de los servicios que este tipo de cuenta lleva asociado. Unas, vinculadas a otro tipo de activos financieros, cuentas financieras, o incluso, productos conocidos por las ventajas fiscales que llevan encadenadas, cuenta vivienda. Otras, imponen ciertos requisitos y limitaciones, ofreciendo rentabilidades superiores, cuentas bancarias representativas de estas son cuentas de alta remuneración o supercuentas.
La mayoría de estos productos lleva incorporada su utilización vía Internet.
 CUENTAS CORRIENTES
Las cuentas corrientes o depósitos a la vista se caracterizan porque los fondos depositados en ellas son de disponibilidad inmediata y en efectivo, mediante cualquier instrumento facilitado por la entidad para obtener las cantidades de dinero consignadas en ellas, tarjeta de débito o crédito, cheques, pagarés, o personalmente en ventanilla. Dependiendo de la modalidad pactada, ofrecen otro tipo de servicios tales como domiciliar pagos y cobros, ingreso de nómina, realizar transferencias; algunos más específicos como anticipo de nóminas, seguros de asistencia en viajes, seguros de hogar, condiciones ventajosas en préstamos y créditos, etc.
La entidad remite al domicilio del titular la información de las operaciones realizadas a través de una cuenta corriente, de forma periódica, quincenal, mensual, etc., en un documento denominado extracto.
 LIBRETAS O CUENTAS DE AHORRO
Las libretas de ahorro o cuentas de ahorro a la vista son productos muy semejantes a las cuentas corrientes y son por definición, contratos de depósito de efectivo, de libre disposición. Todas las operaciones realizadas quedan reflejadas en la libreta que se entrega al titular de la cuenta, popularmente se llamaba “cartilla de ahorros”.
Es un instrumento que permite disponer de dinero efectivo de forma rápida puesto que se puede hacer por ventanilla, o utilizando algún instrumento de pago que lleve vinculado. Otra característica que cabe señalar es el hecho de que la libreta física permanece en poder del cliente, debiendo actualizarla cuando considere conveniente, él mismo, en los cajeros habilitados para ello, o en cualquier sucursal del banco.
Hasta hace relativamente poco tiempo, las principales diferencias eran que con la libreta de ahorros no se podía operar con cheques, no se disponía de algunos servicios de caja y no admitían descubiertos. Actualmente no ocurre así, cuando se contrata una libreta de ahorros, el banco suele ofrecer instrumentos y servicios similares, asociados a una cuenta corriente. No obstante, en entidades en las que esto no es posible, la solución consiste en vincular una cuenta corriente y otra de ahorro de un mismo titular, para subsanar la limitación que impone la entidad de librar cheques contra una libreta de ahorros, son las llamadas libretas o cuentas de ahorro combinadas.

 

CARACTERÍSTICAS COMUNES DE LAS CUENTAS CORRIENTES Y LAS CUENTAS DE AHORRO
Para la apertura de la cuenta no se requieren aportaciones mínimas. El riesgo de impago depende de la solvencia de la entidad, controlada directamente por el Banco de España y la cobertura que ofrece el Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios hasta una cantidad máxima. La rentabilidad ofrecida es mínima, pagadera mensual, trimestral, semestral o anualmente, y básicamente, ofrecen tres modalidades, la más utilizada, remunerando el saldo diario desde el primer ingreso realizado; otra remunera por tramos, pagando más interés para tramos con saldos superiores, y la última condiciona la remuneración a partir de un saldo medio determinado.
El banco nos aplicará, en general, comisión de mantenimiento, comisión de administración, en casos particulares comisión por apunte, y si procede, comisión por descubierto. Estas comisiones tienen que estar expuestas públicamente en cada oficina, y en cualquier caso el cliente tiene derecho a disponer de la información de las comisiones aplicables al contrato.
Los gastos ocasionados pueden derivar de muy diversas operaciones, desde transferencias, ingreso de cheques, utilización de tarjetas de débito ó crédito, etc.
Existe una gran oferta y tipología muy variada de estos productos, segmentándolos incluso por edades que abarcan desde cuentas infantiles, cuentas para jóvenes (a partir de 18 años hasta los 26, o bancos concretos hasta los 31) con limitadas ventajas, o cuentas específicas de pensionistas.
La aparición de la banca por Internet ha supuesto una alternativa muy interesante a la banca tradicional partiendo de que las condiciones ofrecidas por algunas entidades son muy favorables, bien desde el punto de vista de la superior rentabilidad, bien por la omisión de comisiones y otros gastos de gestión, otra ventajosa posibilidad es la de poder operar también por teléfono.
A pesar de estas ventajas, existen ciertos inconvenientes como la limitación de contratar algunos productos o realizar operaciones sólo disponibles en las oficinas físicas o entidades colaboradoras de los bancos que operan por Internet.
 CUENTAS DE ALTA REMUNERACIÓN O «SUPERCUENTAS»
Es un caso particular de cuentas corrientes o de ahorro, ofrecen una rentabilidad muy superior, de ahí el nombre de supercuentas, en las que la remuneración que ofrece la entidad, en general, no está garantizada de antemano, sino que suele ser en función del saldo medio que mantiene el cliente en la cuenta, es decir, aplican un interés variable según los distintos saldos por tramos prefijados, durante el período considerado.
Es una opción muy adecuada para aquellos ahorradores que disponen actualmente de dinero para invertir, pero que sin embargo, están esperando que salga al mercado otra oportunidad de inversión, o porque tienen previsto necesitar el dinero en un plazo corto de tiempo, o simplemente, para ahorradores que no quieren asumir riesgos. La disponibilidad del dinero es inmediata, sin penalizaciones; algunos bancos ponen a disposición del cliente, tarjetas de débito para sacar dinero en cajeros automáticos. Su contratación es sencilla, puede hacerse tanto por teléfono, como por Internet. La desventaja, en muchas ocasiones, la propicia el carácter de promoción con que las ofertan las entidades, implicando un cambio sustancial en la remuneración.
 CUENTAS FINANCIERAS
Se instrumentan en cuentas corrientes y su saldo se invierte en activos financieros de elevada liquidez. La fórmula más extendida, supone invertir en Deuda Pública, así con el saldo de estas cuentas compran Letras del Tesoro y Bonos y Obligaciones del Estado. En este caso, la denominación específica es Cuentas financieras en Deuda y por su composición ofrecen un interés intermedio, en cualquier caso superior a una cuenta corriente. Una breve anotación en cuanto a la fiscalidad de este producto es que al tratarse de rentas que proceden de cuentas, aunque inviertan en activos financieros de Deuda Pública, se integran en el impuesto de la renta como rendimientos de capital mobiliario aplicando el tipo de retención, según la normativa en vigor.
 CUENTAS DE AHORRO VIVIENDA
Las cantidades tienen que estar depositadas en una entidad de crédito, uno de los requisitos exigidos por Hacienda para tener derecho a deducción siempre y cuando los saldos de estas cuentas sean destinados exclusivamente, a la adquisición de la primera vivienda o rehabilitación de la vivienda habitual. Esto es, se puede utilizar cualquier tipo de cuenta o depósito bancario, sin necesidad de que se denomine expresamente “cuenta vivienda”.
En función de la normativa legal vigente existen otros requisitos para poder disfrutar de las ventajas fiscales, entre los cuales destacar que a pesar de poder depositar en la cuenta la cuantía que se desee, existe un límite máximo anual sobre el que aplicar el porcentaje de deducción para la adquisición o la rehabilitación, y éste es por declaración y no por declarante, únicamente es posible abrir una cuenta vivienda por contribuyente, aunque cabe la posibilidad de cambiar de cuenta, en la misma o en otra entidad financiera, traspasando el saldo íntegro. Otra restricción es la barrera temporal que impone el plazo máximo que se puede mantener abierta la cuenta.