PANORAMA PENAL DEL DELITO DE FRAUDE
Con la existencia de diversos obstáculos jurídicos, la etereidad del delito y la multiplicidad de propósitos colectivos, quienes aplican justicia son víctimas de la desinformación del aparato legislativo.
La gravedad del asunto toma sus verdaderas magnitudes cuando se conoce la existencia de funcionarios judiciales que traicionan la confianza del Estado. Estrictamente hablando la inexistencia de una política anticriminal clara, penas reales, apoyo logístico, participación en el diseño de reformas y compromisos de la sociedad hacen aún más difícil la lucha para combatir este delito.
Las normas jurídicas requieren agilización, flexibilización y precisión. El poder judicial debe emitir conceptos previos a la expedición de normas para evitar los excesos que confunden los procedimientos a emplear en los casos judiciales. Es imperioso promulgar una coherencia ideológica para legislar frente a la integración de entidades de control en pro de una lucha contra este flagelo.
Del estudio interrelacionado de las circunstancias de modo, tiempo y lugar, se determinan indicios, que serán la base fundamental para la investigación.
En el delito de Económico y Financiero, la tipificación es de carácter residual o subsidiario, razón por la cual esencialmente procede la prueba indicada. En los demás delitos contra la administración pública, procede la plena prueba.